Se incorporan nuevas actividades que presentaron caídas significativas en la facturación debido a la emergencia sanitaria. Además, para las empresas que hayan iniciado sus actividades con posterioridad al período tomado como base de cálculo para la comparación de ventas, se considerarán las facturas efectuadas entre el 12/11/2019 y el 12/12/2019. Así mismo, para las que hayan iniciado actividades durante el 2020 se considerarán actividades afectadas en forma crítica, por lo que se darán por cumplidos los criterios exigidos para acceder a los beneficios del Programa.
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